CTS en el Estado será en base a sueldos de tres últimos años De acuerdo con el MEF la Ley del Servicio Civil elimina la condición de desigualdad, que se ha generado a través de los años, entre los servidores públicos de los regímenes laborales 276, 728 y CAS.

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Uno de los cambios principales en la nueva Ley del Servicio Civil es que todos los trabajadores del Estado recibirán el pago por Compensación de Tiempo por Servicio (CTS), la cual a diferencia del sector privado que hace dos depósitos al año a sus trabajadores, se pagará al final de la relación laboral y tomará en cuenta al 100% del promedio de sus últimos 36 ingresos permanentes.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) explicó que quienes ingresen al Servicio Civil, la CTS tendrá como base de cálculo el 100% del promedio de la sumatoria de los últimos 36 ingresos permanentes (valorización principal y valorización ajustada) que haya percibido el servidor público y que se multiplicarán por sus años de servicio, contados a partir de su incorporación a este nuevo régimen. Los años anteriores al momento de su incorporación a la ley, tendrán el método de cálculo de su régimen de origen.

Es decir, si una persona ingresa al Servicio Civil y luego de diez años deja de laborar en el Estado la CTS se calcurá en base a los ingresos de los tres últimos años, si en promedio estos fueron de S/.3.000 el pago total será como si los diez años hubiese tenido este salario, es decir S/.30.000.

Con ello el MEF aseguró que se busca eliminar la condición de desigualdad, que se ha generado a través de los años, entre los servidores públicos de los regímenes laborales N° 276, 728 y los CAS (Contrato Administrativo de Servicios), cada uno con su propia regulación.

Actualmente los servidores públicos sujetos al Decreto Legislativo 276, la CTS se entrega al momento de su cese y se calcula sobre la remuneración (no sobre el total del ingreso) multiplicada por los años de servicio.

Los trabajadores que están dentro del régimen del Decreto Legislativo 728 o régimen privado en el Estado, la CTS se entrega al momento de su cese y se calcula acumulando, durante el total de los años de servicio, el valor histórico de los ingresos de libre disposición percibidos en cada semestre.

Este grupo de servidores estatales serán a los primeros que se apliquen estos cambios, situación que ha despertado críticas pues se dejará los depósitos bancarios semenestrales en mayo y noviembre para que el dinero lo administre el Estado. Sin embargo el MEF respondió a las críticas y aseguró que la ley no modifica la regulación existente, ya que la misma no consideró desde el inicio de su aplicación el depósito semestral.

Los más benefiaciados serán los servidores públicos sujetos al régimen del Decreto Legislativo 1057, Contrato Administrativo de Servicios (CAS), a quienes actualmente no se reconoce el derecho a la CTS.

 

Fuente: RPP

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